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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 280066
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXII; Pág. 242
COSTAS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXII; Pág. 242
Si el recurso de apelación queda desierto por la falta de expresión de agravios del apelante, es procedente condenar en las costas de ambas instancias a quien interpuso la apelación.
Precedentes
Amparo civil directo 3510/24. Armenta Felizardo. 28 de enero de 1928. Unanimidad de ocho votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.