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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 280091
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXII; Pág. 306
FUERO DE GUERRA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXII; Pág. 306
Subsiste para los delitos y faltas contra la disciplina militar, pero los tribunales de ese fuero, en ningún caso y por ningún motivo podrán extender su jurisdicción sobre personas que no pertenezcan al Ejército; así, cuando un delito o falta del orden militar esté complicado un paisano, conocerá del caso la autoridad civil correspondiente; pero si la acción penal se extingue respecto de los paisanos complicados en el delito, y el proceso sólo ha de seguirse contra los militares, es incuestionable la competencia de los tribunales del fuero de guerra, para seguir conociendo de la causa relativa.
Precedentes
Competencia en materia penal 527/27. Suscitada entre los Jueces de Instrucción Militar de San Luis Potosí y de Distrito en el Estado. 6 de febrero de 1928. Unanimidad de nueve votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.