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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 280110
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXII; Pág. 356
ACUMULACION.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXII; Pág. 356
Si con el auto que manda acumular un juicio al de quiebra, se conforman las partes, la Corte no puede estatuir nada sobre la competencia, puesto que seria ilógico que hiciera más de lo que los propios interesados están en el deber de procurar.
Precedentes
Competencia en materia civil 42/27. Suscitada entre los Jueces de Primera Instancia de Cosamaloapan, Veracruz, y Noveno de lo Civil de la ciudad de México. 13 de febrero de 1928. Unanimidad de ocho votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.