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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 280118
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXII; Pág. 376
CONTRABANDO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXII; Pág. 376
La ley no dispone que la multa con que se castigue el contrabando, ha de estar en proporción con el valor de las mercancías introducidas fraudulentamente, ni con el producto del trabajo de la persona que las introduce.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1446/24. Herrera Apolinar. 14 de febrero de 1928. Unanimidad de ocho votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.