Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/280134
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 280134
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXII; Pág. 426
SUSPENSION EN AMPARO DIRECTO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXII; Pág. 426
Si se obtuvo la suspensión contra un fallo que, entre otras cosas, condenó al pago de las costas, constituye un desobedecimiento a esa suspensión, decidir sobre dichas costas, pues esto implica un principio de ejecución del fallo que las estableció.
Precedentes
Queja en amparo civil 283/27. Audiffred Hermanos y Compañía. 20 de febrero de 1928. Mayoría de seis votos. Disidentes: Jesús Guzmán Vaca, Sabino M. Olea y Gustavo A. Vicencio. La publicación no menciona el nombre del ponente.