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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 280150
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXII; Pág. 451
SOBRESEIMIENTO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXII; Pág. 451
Cuando no se comprueba la existencia del acto reclamado, debe sobreseerse por improcedencia, y no negarse el amparo, ya que, faltando el acto reclamado, no hay materia para conceder o negar la protección federal.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2887/25. Enríquez Pedro. 23 de febrero de 1928. Unanimidad de ocho votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.