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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 280162
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXII; Pág. 483
QUIEBRAS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXII; Pág. 483
La sentencia que se dicte en el incidente relativo, sobre si deben separarse o no, de la masa de la quiebra, determinados bienes, no tiene el carácter de sentencia definitiva, y, por tanto, contra ella no procede el recurso de súplica.
Precedentes
Recurso de súplica. Revisión del auto que desechó el recurso. Dosse Juan, sucesión de. 27 de febrero de 1928. Unanimidad de ocho votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.