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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 280208
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXII; Pág. 597
PROCEDIMIENTO MERCANTIL.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXII; Pág. 597
De conformidad con lo mandado por el Código de Comercio, el procedimiento mercantil preferente a todos, es el convencional; a falta de convenio expreso, deben observarse las disposiciones del libro quinto del citado Código, y sólo en defecto de éstas o de convenio, se aplicará la ley de procedimientos civiles respectiva, y es indebido aplicar al procedimiento mercantil las disposiciones de la ley procesal civil, cuando hubiere disposición expresa en el referido código.
Precedentes
Recurso de súplica 114/23. Ibarrondo Jesús. 13 de marzo de 1928. Mayoría de ocho votos. Disidentes: Jesús Guzmán Vaca, Salvador Urbina y Leopoldo Estrada. La publicación no menciona el nombre del ponente.