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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 280226
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXII; Pág. 620
PRUEBAS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXII; Pág. 620
La disposición legal que manda que se reciban con citación de la parte contraria, debe entenderse en el sentido de hacerle saber a ésta, que se va a recibir determinada prueba, y no en el de que se le cite materialmente para el momento y lugar en que la prueba ha de recibirse.
Precedentes
Recurso de súplica 75/27. Padilla Ezequiel. 13 de marzo de 1928. Mayoría de nueve votos. Disidentes: Salvador Urbina y Arturo Cisneros Canto. La publicación no menciona el nombre del ponente.