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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 280243
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXII; Pág. 660
LANZAMIENTO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXII; Pág. 660
La Corte ha establecido ya jurisprudencia firme, sobre que proceda la admisión de la contrafianza para llevar a cabo el reclamado, cuando éste es un lanzamiento, porque su ejecución no deja sin materia el juicio de garantías, ya que en éste no sólo se define la legalidad del lanzamiento y los derechos derivados del contrato de arrendamiento, sino que, también, si el amparo prosperare, es posible restituir al quejoso en la posesión de la finca de que fue lanzado.
Precedentes
Queja en amparo civil 23/28. Lira y Lira Miguel. 19 de marzo de 1928. Mayoría de nueve votos. Disidentes:Sabino M. Olea y Manuel Padilla. La publicación no menciona el nombre del ponente.