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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 280247
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXII; Pág. 678
VILLAS O CIUDADES.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXII; Pág. 678
Para que pueda otorgarse la posesión provisional a las villas o ciudades, se requiere la autorización y consentimiento previos de la Comisión Nacional Agraria, y si faltan, debe estimarse que no se siguen daño a la sociedad o al Estado, concediendo la suspensión para el efecto de que no se dé la posesión provisional, hasta que se obtenga dicho permiso.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión. Baigts Juan. 22 de marzo de 1928. Unanimidad de nueve votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.