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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 280286
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXII; Pág. 760
CONTRIBUCIONES.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXII; Pág. 760
Si las autoridades no prueban que la persona a quienes las exigen, se encuentra comprendida dentro de las disposiciones legales que establecen los impuestos, el cobro importa una violación de garantías.
Precedentes
Tomo XXII, página 1030. Indice Alfabético. Amparo administrativo en revisión 1037/22. "El Aguila", S. A. 14 de abril de 1928. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: Jesús Guzmán Vaca y Francisco M. Ramírez. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo XXII, página 760. Amparo administrativo en revisión 100/23. "El Aguila", S. A. 31 de marzo de 1928. Unanimidad de ocho votos. Ausentes: Gustavo A. Vicencio, Jesús Guzmán Vaca y Francisco M. Ramírez. La publicación no menciona el nombre del ponente.