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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 280335
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXII; Pág. 893
CORRECCIONES DISCIPLINARIAS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXII; Pág. 893
Los tribunales están facultados para imponer las de plano, sin oír previamente a los interesados y sin sustanciación ninguna, y con ello no violan la fracción IX del artículo 20 constitucional.
Precedentes
Amparo penal en revisión. Delgado Aquiles G. 19 de abril de 1928. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.