Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/280382
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 280382
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXII; Pág. 995
SUPLICA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXII; Pág. 995
Este recurso debe interponerse por escrito, y ante el tribunal sentenciador, dentro de cinco días contados desde el siguiente a la fecha de la notificación de la sentencia.
Precedentes
Recurso de súplica. Revisión del auto que desechó el recurso. Bastar Beltrán Gregorio. 30 de abril de 1928. Unanimidad de ocho votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.