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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 280411
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIV; Pág. 44
ALMONEDAS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIV; Pág. 44
La convocatoria para una segunda almoneda, es consecuencia de la primera, y si ésta fue consentida, la demanda de amparo que se promueva contra la segunda, debe ser desechada por improcedente.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del auto que desechó la demanda. Llave Piedad de la. 6 de septiembre de 1928. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.