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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 280418
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIV; Pág. 53
SENTENCIAS DE LOS JUECES DE DISTRITO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIV; Pág. 53
Si las autoridades responsables no justifican los hechos relatados en sus informes y en su expresión de agravios, la sentencia del Juez de Distrito que concede el amparo, debe ser confirmada.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3310/21. Peral José. 7 de septiembre de 1928. Unanimidad de nueve votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.