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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 280424
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIV; Pág. 65
MINUTAS EN EL ESTADO DE GUANAJUATO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIV; Pág. 65
Interpretado rectamente los artículos 18 y 19 del Código de Procedimientos Civiles de ese Estado, los seis meses para que prescriba la acción para exigir que una minuta se eleve a escritura pública, se cuentan desde que alguno de los contratantes se rehuse a firmar la escritura, circunstancia que tiene que justificarse con la certificación respectiva que el notario expida.
Precedentes
Amparo civil directo 2652/24. Flores Donato. 8 de septiembre de 1928. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.