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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 280425
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIV; Pág. 65
SENTENCIAS DE PRIMERA INSTANCIA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIV; Pág. 65
Las violaciones irrogadas por las sentencias de primera instancia, no pueden ser estudiadas en amparo, si no fueron reclamadas en la apelación.
Precedentes
Amparo civil directo 2652/24. Flores Donato. 8 de septiembre de 1928. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.