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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 280442
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIV; Pág. 103
COSTAS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIV; Pág. 103
Siendo la condenación en costas, la consecuencia forzosa de la condenación, en lo que ve a la suerte principal del juicio, resulta ilógico admitir contrafianza para que se ejecute el punto relativo a costas, dejando subsistente la suspensión, en lo que se refiere al punto principal del que se ocupa la sentencia.
Precedentes
Queja en amparo civil 121/28. Sociedad Audiffred Hermanos y Compañía. 10 de septiembre de 1928. Unanimidad de nueve votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.