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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 280448
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIV; Pág. 115
SOCIEDADES MERCANTILES.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIV; Pág. 115
Es ilógico pensar que una sociedad, al constituirse, los que la forman tengan limitaciones o cortapisas para fijar las cláusulas y estipulaciones que mejor les convenga; por tanto, la delegación de facultades que en determinadas personas hagan, al constituirse en sociedad, son perfectamente legales.
Precedentes
Queja en amparo administrativo 84/28. Díaz Barriga Miguel. 10 de septiembre de 1928. Unanimidad de ocho votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.