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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 280462
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIV; Pág. 140
SENTENCIAS DE AMPARO DEFICIENTES.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIV; Pág. 140
Si en la sentencia que los Jueces de Distrito pronuncien, no se ocupan de todas las violaciones alegadas, toca a la Corte examinarlas, al fallar en revisión.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1916/28. Urrutia Ezcurra Martín. 12 de septiembre de 1928. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.