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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 280473
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIV; Pág. 166
COSTAS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIV; Pág. 166
Respecto de la regulación de los honorarios causados por los abogados en un juicio mercantil, se procederá teniendo en cuenta las pruebas rendidas por las partes, y si no las rinden, los Jueces pueden decidir lo que estimen justo, y en tal caso, la decisión no puede considerarse que causa agravio.
Precedentes
Amparo civil en revisión 4534/27. Llata Rolando de la. 14 de septiembre de 1928. Mayoría de ocho votos. Disidente: Salvador Urbina. La publicación no menciona el nombre del ponente.