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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 280487
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIV; Pág. 192
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIV; Pág. 192
Siendo el presidente de la Comisión Nacional Agraria, el secretario de Agricultura y Fomento, y despachando este funcionario los asuntos de su dependencia, por acuerdo del presidente de la República, es incontrovertible que la revisión que dicho secretario de Agricultura interponga, en nombre del primer magistrado, debe aceptarse, en sus términos legales.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2643/26. Presno y Pérez de Navia Osorio Natalia. 19 de septiembre de 1928. Mayoría de siete votos. Disidente: Jesús Guzmán Vaca. La publicación no menciona el nombre del ponente.