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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 280513
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIV; Pág. 243
LEY DE PAGOS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIV; Pág. 243
Aun cuando las leyes de pagos son de orden público, cuando garantizan intereses particulares, la defensa de estos queda a cargo de los interesados, quienes, si les conviene, deben acogerse a sus preceptos, pero si no lo hacen, hay que presumir que renuncian a los beneficios en su favor establecidos.
Precedentes
Amparo civil directo 2005/27. Ancira Fernando, sucesión de. 22 de septiembre de 1928. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.