Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/280551
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 280551
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIV; Pág. 349
ARTICULO 123 CONSTITUCIONAL.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIV; Pág. 349
La Suprema Corte, en diversas ejecutorias ha aceptado la interpretación de que el artículo 123 constitucional no se refiere solamente a empleados que desempeñan trabajos materiales, sino también a intelectuales, como los profesores, siempre que desempeñen el trabajo como empleados percibiendo un sueldo.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 387/27. Cantú Garza Gregorio y coagraviados. 9 de octubre de 1928. Mayoría de siete votos. Disidentes: Sabino M. Olea, Salvador Urbina, Gustavo A. Vicencio y Francisco Díaz Lombardo. La publicación no menciona el nombre del ponente.