Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/280559
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 280559
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIV; Pág. 389
SENTENCIAS DE PRIMERA INSTANCIA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIV; Pág. 389
El amparo es improcedente contra las sentencias de primera instancia, respecto de las cuales se ha sustanciado la apelación.
Precedentes
Amparo penal directo 437/27. Aguilar Pedro y coagraviados. 13 de octubre de 1928. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.