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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 280568
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIV; Pág. 400
SUPLICA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIV; Pág. 400
Si en los agravios que expresa el suplicante, se hacen valer violaciones de ley en cuanto al procedimiento y en cuanto al fondo, la sentencia debe ocuparse preferentemente de las primeras.
Precedentes
Recurso de súplica 43/25. Sánchez Celso y colitigante. 15 de octubre de 1928. Mayoría de diez votos. Disidente: Ricardo B. Castro. La publicación no menciona el nombre del ponente.