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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 280572
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIV; Pág. 411
DENUNCIOS MINEROS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIV; Pág. 411
Como la nación tiene el derecho de trasmitir el dominio de la propiedad pública a los particulares, convirtiéndola en propiedad privada, y como tal trasmisión es un derecho y no una obligación; y como, por otra parte, los únicos derechos que se adquieren por virtud de un denuncio minero, son los de que éste se tramite hasta su fin, y que el denuncio sea preferido a otros posteriores, la negativa de las autoridades a expedir el título podrá constituir la violación de cualquiera ley, pero no la del artículo 27 constitucional.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3716/26. Muech Wasfi. 16 de octubre de 1928. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.