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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 280579
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIV; Pág. 425
COMPETENCIA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIV; Pág. 425
Contra el auto en que un Juez sostenga su competencia es improcedente conceder la suspensión, si tal auto tiene por origen la resolución del tribunal de alzada, y esa resolución no fue recurrida.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión. Deguer José. 18 de octubre de 1928. Unanimidad de ocho votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.