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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 280582
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIV; Pág. 428
AUTORIDADES.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIV; Pág. 428
A los funcionarios públicos, cuando obran como autoridades, no se les pueden violar las garantías individuales, porque éstas las concede la Constitución al hombre.
Precedentes
Amparo penal. Revisión del auto que desechó la demanda. Procurador de justicia de Guerrero. 18 de octubre de 1928. Unanimidad de nueve votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.