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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 280585
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIV; Pág. 434
NOTIFICACIONES.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIV; Pág. 434
Las que de acuerdo con el Código de Procedimientos Civiles del Distrito, se hacen por medio del boletín judicial, no pierden su fuerza porque, a petición de las partes interesadas, se hagan personalmente al colitigante, pues esta circunstancia en nada puede alterar el procedimiento, que no está sujeto a la voluntad de los interesados, porque es de orden público.
Precedentes
Amparo civil directo 3013/22. Aduna H. 18 de octubre de 1928. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.