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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 280589
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIV; Pág. 449
LANZAMIENTO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIV; Pág. 449
Las diligencias de lanzamiento tienen, por su naturaleza, el carácter de actos prejudiciales, fuera de los casos en que se intenten durante el curso del juicio de desocupación. La ley procesal civil, exige para que pueda dictarse la providencia de lanzamiento, la presentación del contrato de arrendamiento, y señala como único motivo para que esa diligencia no se lleve a cabo, que el inquilino presente el recibo con el que compruebe estar al corriente en el pago de las rentas, pues cualquiera otra causa de inconformidad o de oposición, está considerada por la ley, como motivo de excepción, que debe ser tomado en cuenta en la oportunidad debida, o sea, al dictarse la sentencia que deba recaer en el juicio respectivo.
Precedentes
Amparo civil en revisión 2004/25. Ramírez Víctor. 20 de octubre de 1928. Mayoría de nueve votos. Disidentes: Ricardo B. Castro y Francisco M. Ramírez. La publicación no menciona el nombre del ponente.