Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/280602
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 280602
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIV; Pág. 472
HIPOTECA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIV; Pág. 472
Si por virtud de un amparo concedido contra la licencia para hipotecar, queda nula la autorización respectiva, no por eso puede declararse la nulidad de los actos subsecuentes, sin haber oído en juicio y con las formalidades esenciales del procedimiento, a quien constituyó la hipoteca, desposeyéndolo de sus derechos, pues esto constituiría la violación de los artículos 14 y 16 constitucionales.
Precedentes
Amparo civil en revisión 4780/27. Ajá Galán Santiago. 23 de octubre de 1928. Mayoría de cinco votos. Disidentes: Salvador Urbina, Francisco M. Ramírez, Teófilo H. Orantes y Arturo Cisneros Canto. La publicación no menciona el nombre del ponente.