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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 280653
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIV; Pág. 592
COSTAS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIV; Pág. 592
Aun cuando el demandado en el juicio hipotecario, sólo haya sido vencido en parte, es procedente condenarlo en costas.
Precedentes
Amparo civil directo 1305/19. Encalada Vallado Primo W. sucesión de. 8 de noviembre de 1928. Mayoría de seis votos en cuanto al primer punto resolutivo de este fallo, siendo disidentes los Ministros Manuel Padilla, Francisco M. Ramírez, Teófilo H. Orantes y Arturo Cisneros Canto; unanimidad de ocho votos en cuanto al segundo punto. El Ministro Ricardo B. Castro no estuvo presente en la primera votación y los Ministros Salvador Urbina, Leopoldo Estrada y Francisco M. Ramírez no lo estuvieron en la segundo. La publicación no menciona el nombre del ponente.