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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 280672
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIV; Pág. 623
JUICIOS EJECUTIVOS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIV; Pág. 623
Estos juicios tienden a que se hagan efectivos los derechos reconocidos por actos o títulos de tal fuerza, que constituyen una vehemente presunción de que el derecho del actor es legítimo, y está suficientemente probado; pero es sólo una vehemente presunción de la legitimidad de los derechos, la que establecen esos documentos, puesto que la ley autoriza al deudor a oponerse a la ejecución, expresando las excepciones que le favorecen, para controvertir la acción deducida; de modo que no basta que se presenten documentos que traigan aparejada ejecución, para que por esto se tenga por justificado el derecho, no obstante la oposición del demandado.
Precedentes
Recurso de súplica 56/27. Díaz Ramón y la International Petroleum Company. 13 de noviembre de 1928. Unanimidad de ocho votos en cuanto al primer punto resolutivo y por mayoría de ocho votos en cuanto a los demás. Ausentes: Leopoldo Estrada, Francisco M. Ramírez y Arturo Cisneros Canto. Disidente: Salvador Urbina. La publicación no menciona el nombre del ponente.