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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 280690
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIV; Pág. 682
DENUNCIANTES.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIV; Pág. 682
Los que denuncian la violación de un reglamento administrativo, que afecta a sus intereses, deben ser considerados como parte en el amparo que se pida contra los actos de las autoridades, que tiendan a subsanar esa violación, porque los reglamentos administrativos se expiden precisamente para proteger los intereses de la colectividad; y además el denunciante tiene en ese caso, interés en la resolución que en el amparo se dicte.
Precedentes
Queja en amparo administrativo. Bustamante Francisco. 4 de diciembre de 1928. Unanimidad de ocho votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca, Tomo XVII, página 463, tesis de rubro "ORDEN DE APREHENSION.".