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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 280750
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIII; Pág. 117
TRABAJO EN SONORA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIII; Pág. 117
Conforme a la ley relativa, el contrato de trabajo en Sonora se considera prorrogado por tiempo indefinido, si el obrero ha prestado sus servicios por más de un año; pero esto no es motivo para que el patrono pueda despedir al obrero en cualquier tiempo, y sin el aviso que exige el artículo 16 de la ley; y si lo hace, quedará obligado, a elección del trabajador, a cumplir con el contrato de trabajo o a indemnizarle con el importe de tres meses de salario.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4567/26. Cervecería de Sonora, S. A. 8 de mayo de 1928. Unanimidad de ocho votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.