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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 280772
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIII; Pág. 165
ACCIDENTES DE TRABAJO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIII; Pág. 165
Contra el pago de las indemnizaciones por los accidentes del trabajo, que decreten las Juntas de Conciliación y Arbitraje, es improcedente conceder la suspensión.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión. Compañía Limitada de Luz, Fuerza y Tracción de Veracruz. 15 de mayo de 1928. Mayoría de siete votos. Disidentes: Francisco Díaz Lombardo y Sabino M. Olea. La publicación no menciona el nombre del ponente.