Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/280789
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 280789
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIII; Pág. 191
SENTENCIAS PENALES.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIII; Pág. 191
Nadie puede ser condenado sino cuando se demuestre plenamente la existencia del delito y la culpabilidad que se le imputa.
Precedentes
Amparo penal directo. Martín Ireneo L. 18 de mayo de 1928. Mayoría de siete votos. Disidente: Francisco Díaz Lombardo. La publicación no menciona el nombre del ponente.