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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 280804
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIII; Pág. 227
TRABAJADORES.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIII; Pág. 227
Si se les separa sin causa justificada, la indemnización que a su favor decreten las Juntas de Conciliación y Arbitraje, no puede estimarse violatoria de los preceptos constitucionales, sino todo lo contrario.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1411/27. Slim Filip. 2 de junio de 1928. Unanimidad de ocho votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.