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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 280847
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIII; Pág. 333
RECONOCIMIENTO DE FIRMA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIII; Pág. 333
Solamente pueden reconocer un documento privado, el que lo firma, el que lo manda extender y el apoderado de uno u otro, con cláusula especial, y el reconocimiento que hagan, quienes no se encuentren en ninguno de esos casos, no puede constituir un título ejecutivo contra las personas a quienes la ley impone la obligación de reconocer las firmas que amparan dichos documentos.
Precedentes
Recurso de súplica 82/22. Roche Joaquín. 12 de junio de 1928. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.