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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 280878
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIII; Pág. 401
AGRAVIOS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIII; Pág. 401
No pueden ser materia de estudio los agravios que exprese el quejoso, cuando se limite a transcribir los textos constitucionales sin indicar el concepto por el cual fueron violados.
Precedentes
Amparo penal directo 2821/23. Herrera Rafael. Unanimidad de nueve votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación, 1917-1985, Octava Parte, Común, página 55, tesis 31, de rubro "AGRAVIOS EN LA REVISION.".