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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 280898
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIII; Pág. 443
PROCEDIMIENTO, VIOLACIONES DEL.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIII; Pág. 443
Si el amparo se concede por la violación de las leyes que norman el procedimiento, es innecesario ocuparse ya de la violación de las leyes de fondo, aun cuando sean éstas las únicas que se reclamen en amparo.
Precedentes
Amparo penal directo 1923/27. López Filiberto. 25 de junio de 1928. Mayoría de cinco votos. Disidentes: Jesús Guzmán Vaca, Sabino M. Olea, Francisco Díaz Lombardo y Teófilo H. Orantes. La publicación no menciona el nombre del ponente.