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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 280921
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIII; Pág. 493
AUDIENCIA EN EL AMPARO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIII; Pág. 493
Puede ser prorrogada por una término que no excederá, en ningún caso, de diez díaz, pero entendiéndose que el número de prórrogas no puede ser indefinido sino limitarse a una sola vez, salvo excepcionales y justificadas circunstancias.
Precedentes
Queja en amparo administrativo. Legislatura del Estado de Hidalgo. 2 de julio de 1928. Unanimidad de nueve votos. Los Ministros Ricardo B. Castro y Gustavo A. Vicencio no intervinieron en este asunto, por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.