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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 280928
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIII; Pág. 510
ACTO RECLAMADO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIII; Pág. 510
Debe considerarse plenamente probado, si las autoridades responsables lo confiesan en su informe.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3193/26. Cortina José y Lucio. 3 de julio de 1928. Unanimidad de nueve votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Quinta Epoca:
Tomo XXIII, página 226. Amparo administrativo en revisión 1411/27. Slim Filip. 2 de junio de 1928. Unanimidad de ocho votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo XXI, página 307. Amparo penal en revisión 3928/25. Badillo Feliciano. 29 de julio de 1927. Mayoría de siete votos. Disidentes: Jesús Guzmán Vaca y Teófilo H. Orantes. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo XXI, página 785. Amparo administrativo en revisión 417/26. San Juan de Escudero María del Carmen y coags. 14 de septiembre de 1927. Mayoría de seis votos. Disidentes: Salvador Urbina, Ricardo B. Castro y Manuel Padilla. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo XXI, página 615. Amparo civil en revisión 457/25. Eagle Pass Lumber Co. 31 de agosto de 1927. Mayoría de siete votos. Disidentes: Francisco Díaz Lombardo y Salvador Urbina. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo XVII, página 1051. Amparo civil en revisión 305/23. Cruz Adonis. 24 de octubre de 1925. Unanimidad de ocho votos. Ausentes: Ricardo B. Castro, Jesús Guzmán Vaca y Francisco M. Ramírez. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo XV, página 28. Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión. "Velasco y Haces". 2 de julio de 1924. Mayoría de ocho votos. Disidentes: Manuel Padilla y Jesús Guzmán Vaca. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca:
Tomo XXI, página 434, tesis de rubro "ACTO RECLAMADO.".
Tomo XXV, página 405, tesis de rubro "ACTO RECLAMADO.".