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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 280936
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIII; Pág. 539
DEPOSITARIOS JUDICIALES.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIII; Pág. 539
Los mandatarios del depositario judicial, no lo son del propietario de la finca secuestrada, ni los conflictos que surjan entre ellos y el depositario, por razón del mandato, pueden considerarse como conflictos de trabajo, por lo cual las Juntas de Conciliación y Arbitraje son incompetentes para resolver esos conflictos.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4162/25. "Gómez Ochoa y Compañía". 6 de julio de 1928. Mayoría de nueve votos. Disidente: Ricardo B. Castro. La publicación no menciona el nombre del ponente.