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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 280942
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIII; Pág. 549
JURADO POPULAR EN SAN LUIS POTOSI.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIII; Pág. 549
El Código de Procedimientos Penales de ese Estado, ordena que en los interrogatorios que deben someterse a la deliberación del jurado, se pondrán cuantas preguntas sean necesarias para que cada una contenga un solo hecho, y que no se incluirán aquellas que versen sobre hechos que consten o deban constar por juicio especial de peritos científicos.
Precedentes
Amparo penal directo 3765/23. Aguirre Epifanio. 7 de julio de 1928. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: Ricardo B. Castro y Francisco M. Ramírez. La publicación no menciona el nombre del ponente.