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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 280952
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIII; Pág. 565
SOBRESEIMIENTO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIII; Pág. 565
Debe decretarse respecto de las autoridades que, aunque señaladas como responsables, no se les imputa ningún acto concreto, cuya constitucionalidad pueda examinar la Corte, para conceder o negar el amparo.
Precedentes
Amparo penal directo 4039/25. Fuentes Anatolio. 10 de julio de 1928. Mayoría de 6 votos, en cuanto al primer punto resolutivo. Disidentes: Sabino M. Olea, Leopoldo Estrada, Manuel Padilla y Teófilo H. Orantes. Unanimidad de diez votos, en cuanto al segundo punto resolutivo. La publicación no menciona el nombre del ponente.