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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 280963
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIII; Pág. 579
TIERRAS COMUNALES.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIII; Pág. 579
Las tierras comunales poseídas por los pueblos, no son susceptibles de ser afectadas por dotación de ejidos, para favorecer a otros pueblos, porque están amparadas por el artículo 27 constitucional.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4365/26. García Armora Luis, sucesión de. 11 de julio de 1928. Mayoría de siete votos. Disidentes: Sabino M. Olea, Ricardo B. Castro, Leopoldo estrada y Francisco M. Ramírez. La publicación no menciona el nombre del ponente.