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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 280990
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIII; Pág. 645
NOVACION.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIII; Pág. 645
En toda novación es preciso que conste terminantemente la intención de sustituir una obligación por otra, y cuando la novación consiste en la sustitución del deudor, es requisito esencial que se verifique con el consentimiento del acreedor.
Precedentes
Amparo civil directo 4409/25. Cardona viuda de Osorio Teresa. 20 de julio de 1928. Unanimidad de nueve votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.